Otorgan amparo para reubicar y proteger a familias desplazadas de Cinco Llagas, en Guadalupe y Calvo

Por Karla Quintana / Raíchali

Chihuahua- El Juzgado Octavo de Distrito otorgó el pasado 6 de septiembre un amparo en beneficio de las familias desplazadas de la comunidad de Cinco Llagas, ubicada en el Municipio de Guadalupe y Calvo, en respuesta a la situación de violencia que ha afectado a la región, donde más de 300 personas han sido forzadas a abandonar sus hogares desde finales de agosto.

La resolución, que se inscribió bajo el expediente 2079/2024, fue promovida por un defensor público federal y ordena la reubicación de las personas afectadas, así como la provisión de atención humanitaria para garantizar su bienestar, informó la Consultoría Técnica Comunitaria (Contec).

En un comunicado de prensa, la organización dio a conocer que el juez ordenó que las autoridades responsables lleven a cabo la reubicación de manera asistida, digna y segura. A las personas desplazadas se les deberá garantizar alojamiento adecuado, acceso a agua potable, alimentos, atención médica y psicológica, así como educación y vivienda.

Además, se deberán realizar estudios integrales para evaluar la viabilidad de la reubicación y proporcionar seguridad jurídica y social a los afectados.

 

Este fallo se suma a otro amparo concedido en marzo por el Décimo Segundo Juzgado de Distrito para la comunidad ódami de Santa Tulita, también en Guadalupe y Calvo, que busca proteger a los habitantes frente al desplazamiento forzado provocado por la violencia en la región.

La resolución también incluye a las rancherías vecinas de El Cajoncito, El Pie de la Cuesta y Las Casas, todas pertenecientes a la sección de San Juan Nepomuceno.

Medidas para Santa Tulita

El amparo anterior, otorgado a la comunidad de Santa Tulita en marzo, ordena medidas similares, entre las que se incluyen la investigación de la presencia de grupos delictivos en la zona y el monitoreo constante de las condiciones de seguridad, salud, vivienda y educación.

Estas son todos los ordenamientos en beneficio de esa comunidad:

a) Iniciar investigaciones relativas a la presencia de grupos de delincuencia organizada en la comunidad quejosa y judicializarlas.
b) Realicen continuamente visitas para analizar la situación, en relación con el acceso real a salud, vivienda, educación, trabajo y seguridad.
c) Se proporcione educación de calidad a los estudiantes de la escuela ubicada en Santa Tulita, en el idioma que domine la parte quejosa. Asimismo, para que se proporcionen uniformes escolares y alimentos en dichas instalaciones y horario escolar.
d) Se incluya a los quejosos adultos en edad productiva a programas de educación especial para los adultos.
e) Acrediten las acciones que han llevado a cabo para vigilar, proteger, prevenir, inhibir y erradicar la violencia generalizada en esas comunidades.
f) Se realice evaluación psicológica a las personas que habitan en las comunidades, con el fin de establecer el estado emocional y mental derivado de las amenazas de muerte, secuestros, violaciones sexuales y reclutamiento de familiares forzado para que se les proporcione ayuda psicológica.
g) Se proporcione atención médica y de alimentación a los niños, niñas y adolescentes que presentan un cuadro de desnutrición.
h) La resolución incluye a pobladores de las rancherías de Santa Tulita, El Cajoncito, El Hundido, El Riyito, Indé, Mala noche, Puerto de Animas, Puerto de Mala noche, Puerto Riyito, Santa Tulita, El Portezuelo/puerto suelo y Puerto Amador.

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