Por Agencia Proceso
— San Luis Potosí.– La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó por unanimidad la candidatura a diputado federal por representación proporcional de Pedro César Carrizales “El Mijis”, tras concluir que el político no acreditó su vínculo con una comunidad indígena de la circunscripción por la que fue postulado.
Además, el organismo judicial ordenó dar vista a la Fiscalía General de la República (FGR) porque Morena presentó documentación de los municipios de San Antonio y posteriormente de Axtla de Terrazas con la que se pretendió acreditar la pertenencia de Carrizales a una comunidad indígena, misma que fue desconocida por los funcionarios responsables de expedirla.
Pedro César Carrizales presentó inicialmente documentación de uno de estos municipios y se identificó como indígena tenek; posteriormente, ante una comunicación al INE en la que se negó haber entregado constancia de ello; se autoadscribió como náhuatl.
Los directores de Asuntos Indígenas de ambos municipios negaron haber firmado las constancias presentadas para el registro de “El Mijis” como candidato por la acción afirmativa indígena por la vía plurinominal en la segunda circunscripción correspondiente a San Luis Potosí, a pesar de lo cual el INE validó el registro el 9 de abril.
La impugnación contra esta candidatura fue presentada por Vicente Domingo Hernández, representante de la comunidad mazahua, en el asunto SUP-JDC-614/2021 y acumulados, que acusó al actual diputado local de violar el derecho colectivo a la población indígena, además de que en su registro como candidato no aportó la documentación que lo acreditara como indígena.
En sesión efectuada este miércoles, el Tribunal responsabilizó al INE de haber omitido el análisis de las constancias “para determinar si se desprendía la existencia o no de una vinculación de la persona con la comunidad”.
“La Sala Superior observó que Carrizales no tiene acreditado el vínculo con una comunidad indígena asentada en la circunscripción en la que fue postulado y el INE omitió el análisis de las constancias para determinar si se desprendía la existencia o no de una vinculación de la persona con la comunidad”, informó el TEPJF en un comunicado.
Los integrantes de la Sala Superior destacaron en el análisis de esta resolución que una acción afirmativa busca revertir situaciones históricas de desventaja y garantizar el derecho humano a la igualdad.
“Desde el proceso electoral pasado, este órgano jurisdiccional determinó que autoridades y actores políticos deben vigilar que los escaños reservados sean ocupados realmente por personas indígenas que tengan vínculos con las comunidades a las que pretenden representar”, señala el comunicado.
En la sesión efectuada en el formato de videoconferencia, los magistrados de la Sala Superior resolvieron otorgar a Morena un plazo de 48 horas para sustituir a “El Mijis”, advirtiendo además al INE que deberá verificar que la persona propuesta cumpla con los requisitos para representar a la población indígena en la segunda circunscripción.
Recientemente, el Congreso del estado negó a Carrizales la solicitud de licencia que presentó a la diputación, precisamente cuando varias de sus compañeras legisladoras pusieron en tela de juicio su postulación como candidato por la acción afirmativa indígena.
En Yucatán, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la revocación del registro de las candidaturas del panista Liborio Vidal Aguilar, la morenista Alpha Tavera Escalante y el emecista Jorge Canul Rubio a la diputación federal por el Distrito 1.
Ciudadanos indígenas y asociaciones civiles impugnaron las tres candidaturas, porque para esa posición los partidos políticos debieron postular a candidatos pertenecientes a alguna etnia, y ninguno de los aspirantes que hoy fueron sacados de la competencia cumple con ese requisito.
El pasado 23 de abril, la Sala Regional Xalapa revocó las candidaturas de Vidal Aguilar, Tavera Escalante y Canul Rubio, y ordenó a los partidos sustituir a los candidatos por verdaderos representantes de las etnias.
Los aspirantes del PAN, Morena y MC apelaron el fallo judicial ante la Sala Superior del TEPJF, que hoy decidió no regresarles su registro al confirmar la sentencia de la Sala Regional.