ONU-DH: México debe revisar intervención de fuerzas armadas en seguridad pública

Por La Jornada

— La Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) llamó al gobierno federal a revisar el acuerdo por el que se dispone de las fuerzas armadas para realizar tareas de seguridad pública. Expuso que si bien la intervención está prevista bajo ciertas circunstancias el documento no contiene información ni disposiciones que permitan evaluar su conformidad con los estándares constitucionales e internacionales en la materia.

En un comunicado, explicó que la sola mención al carácter extraordinario de la participación de este cuerpo de seguridad sin la información sobre las condiciones, modalidades y análisis que permita concluir que se cumple con un principio de estricta necesidad y excepcionalidad de la medida, es insuficiente.

Además, comentó, la temporalidad prevista en el acuerdo se extiende mientras la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, “hasta el límite máximo permitido por la propia reforma constitucional, sin otra salvaguarda y sin la definición de un plan de fortalecimiento de las capacidades de la corporación creada en 2019”.

Contrario a la obligación de que el papel de las fuerzas armadas se supedite a las autoridades civiles, se establece una relación de coordinación entre las autoridades civiles y militares, agregó.

“Dispone que podrán llevar a cabo funciones propias de las etapas iniciales de la investigación del delito, como la preservación de indicios y el registro de personas detenidas, así como funciones de apoyo en centros de supervisión y control migratorio. Según el principio de subordinación y complementariedad las funciones de las fuerzas armadas no deberían extenderse a aquellas propias de las instituciones policiales, pues la participación del personal militar en estas funciones podría invadir sus competencias, afectar su naturaleza civil y trastocar el debido proceso”, detalló.

La ONU-DH añadió que la sentencia del Caso Alvarado de la Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció que la supervisión de la participación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad deberá realizarse por órganos civiles competentes, independientes y técnicamente competentes.

Sin embargo, el acuerdo fija que esta supervisión será realizada por el órgano interno de control de la dependencia de la Fuerza Armada que corresponda, lo que resulta “insuficiente” para garantizar una supervisión efectiva de carácter externo.

“Contradice los elementos de control civil de la seguridad pública establecidos en la reforma constitucional que creó la Guardia Nacional y no honra los principios de transparencia y rendición de cuentas que deben regir el actuar de todas las corporaciones de seguridad”, destacó.

De igual manera, resaltó que se necesita garantizar el respeto a los derechos humanos y la seguridad de la población, al tiempo que se fortalezcan las instituciones civiles de seguridad pública en México y se diseña una ruta de salida que materialice el retiro gradual, ordenado, verificable y con plazos definidos de las Fuerzas Armadas de tareas que no les son propias.

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