Por Francisco Xavier Ortiz
—A finales de los años sesenta del siglo pasado, Ricardo Ronco Robles SJ (+) llegó a la Tarahumara y desde diferentes trincheras ofrendó su vida al pueblo rarámuri. El acompañamiento por más de 40 años a estos indígenas le permitió sintetizar una perspectiva singular de su cultura, que compartió luego en un capítulo del libro “El rostro indio de Dios” (Marzal, 1994 –isbn 968-859-136-x) en lo que denominó: “Los rarámuri pagótuame”. Su testimonio ha sido referente para muchos que de una u otra manera han buscado acercarse al conocimiento y la cultura de la etnia.
Empero, cuan ha sido mi sorpresa encontrarme la edición de junio de 2008 –número 635– de la revista católica Esquila Misional [http://esquilamisional.org/pdfs/2008/esqui_jun_08.pdf], donde una parte importante –y literal– del texto de Ronco Robles es adjudicado como autoría al sacerdote diocesano Héctor Fernando Martínez, actual encargado de la parroquia de Sisoguichi (Bocoyna, Chihuahua, Mx.).
En el artículo, no existe un solo párrafo sólido que haya sido escrito por el susodicho párroco. Todo el texto es entresacado del escrito original de Robles ¡sin dársele crédito alguno!
Desde la primera línea, sin ética mínima, el cura se apropia del testimonio de Robles quien arranca su escrito con la contundente frase: “De la fe de un pueblo sólo se puede dar testimonio…”. Y de ahí para adelante, toda la narrativa literal del jesuita.
Para consumar el robo, concluye el texto con el penúltimo párrafo del ensayo de Robles que refiere: “La narración de su vida puede iluminar a quienes tengan vivencias parecidas o a quienes se hayan interrogado en verdad sobre nuestra etnocéntrica cultura que cree comprenderlo todo, incluso a Dios”.
La Real Academia Española define plagio como “acción y efecto de plagiar”, indicando que plagiar es “copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias”. En la academia, “plagio es el acto de intención deliberada de engañar a un lector a través de la apropiación y representación como propias de las palabras y trabajos de otros” (http://dx.doi.org/10.4067/S0718-07642008000400001).
Así, el plagio está considerado como ofensa grave y violación de los derechos de la propiedad intelectual (derechos de autor).
En tiempos en que la pederastia clerical convulsiona la vida de la Iglesia, los plagios académicos que salen a la luz –como el referido– parecen pecata minuta. Es cierto, pero al fin y al cabo son pecata que proyectan a los ladrones del trabajo de los demás, lo cual resulta oprobioso.