Congreso de Chihuahua decreta penalizar el desplazamiento forzado

Por Rubén Villalpando | La Jornada

El Congreso de Chihuahua emitió un decreto por el cual reconoce el desplazamiento forzado interno como un delito tipificado en el Código Penal del estado, en una medida para contar con instrumentos legales que frenen este fenómeno que afecta a 11 de los 67 municipios.

En la resolución, acordada por todas las fuerzas políticas representadas, se establece que: a quien, por medio de la violencia física o moral, ocasione que una persona o un grupo de personas abandone su lugar de residencia habitual, se le impondrá prisión de uno a siete años y de cien a 400 días multa.

Además, se estipula que dicha pena aumentará en un tercio, cuando se tenga el propósito de ejercer el control o dominio del territorio en que se asienta la residencia de la víctima.

La norma quedó definida luego de que el Poder Legislativo aprobó la inclusión del artículo 206 quater al Código Penal de la entidad.

En la exposición del dictamen, la diputada Ilse América García Soto, integrante de la Comisión de Justicia, detalló que la iniciativa presentada por la bancada de Morena, refiere que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado tiene registro de desplazamiento forzado en 56 comunidades.

Se trata de poblados de los municipios de Guadalupe y Calvo, Uruachi, Balleza, Saucillo, Delicias y Guachochi; no obstante, organizaciones no gubernamentales aseguran que Madera, Guazapares, Batopilas, Urique y Bocoyna, también son afectados con esta problemática.

García Soto expuso que si bien actualmente hay disposiciones a nivel nacional y local sobre desplazamiento forzado interno, es imperante plasmarlo en el derecho penal local para obligar a las autorida-des a investigar, establecer medidas de protección, procurar la reparación integral del daño de las víctimas y sancionar penalmente a los responsables.

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